LOCE
La Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) es aquella que establece todo el marco estructural del sistema educativo en todos sus niveles actualmente existente en nuestro país. Esta ley fue dictada el último día de la dictadura de Pinochet por parte de la Junta de Gobierno y para ser modificada, por su carácter de constitucional, requiere los 4/7 de ambas cámaras del Parlamento.
Desde la vuelta a la democracia se han realizados algunos cambios a esta ley los que han permitido quitarle el original tinte militarista y conservador.Sin embargo estas modificaciones no han logrado evitar ni detener el estado actual de crisis de la educación pública en todos sus niveles, a pesar de los fondos que se inyectan de más en financiamiento estudiantil.
Desde la vuelta a la democracia se han realizados algunos cambios a esta ley los que han permitido quitarle el original tinte militarista y conservador.Sin embargo estas modificaciones no han logrado evitar ni detener el estado actual de crisis de la educación pública en todos sus niveles, a pesar de los fondos que se inyectan de más en financiamiento estudiantil.
Ideas principales de la LOCE
A continuación estan los principales contenidos de la LOCE.
1. Establece la libertad de enseñanza por sobre el derecho a la educación, ello porque fija que el Estado debe resguardar especialmente dicha libertad. Cabe mencionar que esta libertad posee como único límite su seguimiento a las normas de la moral y el orden público
2. Los criterios exigidos para reconocer establecimientos de Educación Básica y Educación Media son exclusivamente tener un sostenedor (corporaciones privadas o municipales), ceñirse al programa básico que estipula el ministerio, poseer la infraestructura y personal docente y auxiliar necesario.
3. Fija el Deber del Estado de financiar un sistema gratuito de acceso a la enseñanza básica, sin embargo este deber solo se restringe a este nivel educativo.
4. Fija los criterios y objetivos de la educación que deben entregar las habilidades y capacidades que deben tener los alumnos que egresan de educación básica y media. Estos criterios y habilidades se plantean de forma general en la LOCE y se fijan específicamente por medio de Decretos del MINEDUC. Sin embargo detrás no existe ningún proyecto educativo nacional que asegure una educación de calidad.
5. Faculta al Ministerio de Defensa en vez del de Educación de estipular los contenidos que deben adquirir los alumnos de las instituciones de educación de las instituciones armadas. Asimismo establece que los títulos y grados que adquieren los alumnos de esas instituciones son equivalentes a los de las instituciones de educación civiles.
6. Fija la forma de entregar el reconocimiento formal a las instituciones de educación de cualquier nivel con escasas capacidades de regular la calidad de la enseñanza que se imparte, solo buscando aumentar la cobertura en aras de la libertad de enseñanza.
7. Fija las formas y procedimientos para reconocer oficialmente, con todos sus procesos burocráticos, la existencia de una Universidad, un Instituto Profesional o un Centro de Formación Técnica. Para ello principalmente se exige que se tenga una personalidad, fondos para hacer la actividad y un estatuto.
8. Sobre los estatutos de las instituciones de educación superior es importante destacar que obliga a que estos, independiente de lo que definan la comunidad, no permitan la participación con derecho a voto de los alumnos y funcionarios administrativos, tanto en órganos encargados de la gestión y dirección de una institución de Educación Superior, como en la elección de autoridades unipersonales o colegiadas.
9. Fija los límites de la autonomía académica, económica y administrativa. En particular cabe mencionar que la autonomía no permite que se use el recinto para ideologización y políticas partidistas. Asimismo la libertad académica se limita a la verdad por los cánones de la razón y los métodos de la ciencia.
10. Fija la creación, integrantes y funciones del Consejo Superior de Educación cuyas atribuciones son principalmente reconocer y verificar los programas de Universidades e Institutos profesionales.
LGE
La LGE fue promulgada por la Presidenta de la República Michelle Bachelet el 17 de Agosto de 2009. Esta regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa, fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de educación parvularia, básica y media y regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los establecimientos e instituciones educacionales e instituciones educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo caracterizado por la equidad y la calidad de su servicio.
Ideas principales de la LGE
¿Qué deberes asume el Estado a través de la LGE?
- Promover la educación parvularia y garantizar el acceso gratuito y el financiamiento fiscal para el primer y segundo nivel de transición (pre-kinder y kinder)
- La educación básica y media son obligatorias, debiendo el Estado financiar un sistema gratuito destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población.
- Resguardar los derechos de los padres y alumnos, cualquiera sea la dependencia del establecimiento que elijan.
- Promover políticas educacionales que reconozcan y fortalezcan las culturas originarias.
- Propender a asegurar la calidad de la educación.
- Velar por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa.
¿Qué deberes tiene el Estado respecto de la Educación pública?
- Es deber del Estado que el sistema integrado por los establecimientos educacionales de su propiedad provea una educación gratuita y de calidad.
- La Ley General de Educación contempla la creación del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN, en reemplazo del actual Consejo Superior de Educación.
- Además contempla la creación de la AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN y de la SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN.
¿Qué es el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN?
- Es el sucesor legal del Consejo Superior de Educación que desaparece.
- Tiene funciones en el ámbito de la educación parvularia, básica, media y superior.
- Debe aprobar o formular observaciones a las bases curriculares de los niveles escolares pero también a las modalidades educativas de adultos, especial y otros a crearse.
¿Qué funciones cumplirá el Consejo en relación a la EDUCACIÓN ESCOLAR?
- Aprobar planes y programas de estudio formulados por el Mineduc.
- Apelación cuando el Mineduc rechaza u objeta planes y programas de estudio.
- Informar u observar los estándares de calidad propuestos por el Mineduc.
- Informar u observar normas sobre calificación y promoción escolar.
- Asesorar al Ministerio en materias consultadas
¿Qué funciones cumplirá el Consejo en relación a la EDUCACIÓN SUPERIOR?
- Administrar sistema de licenciamiento para Instituciones de Educación Superior
- Verificar desarrollo de proyectos institucionales.(6 años).
- Establecer sistemas de examinación selectivas de carreras para evaluar cumplimiento de planes, programas y rendimiento.
- Pedirle al Mineduc que revoque el reconocimiento oficial de Instituciones y velar por la reubicación de alumnos, y procesos de titulación pendientes.
- Apoyar al Mineduc en los procesos de cierre de instituciones autónomas.
- Instancia de Apelación de las decisiones de la Comisión Nacional de Acreditación.
¿Qué avances establece la LGE en materia de resguardo de derechos?
- EMBARAZO Y MATERNIDAD: El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales de cualquier nivel.
- CAMBIO DE ESTADO CIVIL DE LOS PADRES Y APODERADOS: En los establecimientos que reciben aporte estatal, el cambio de estado civil de los padres y apoderados, no puede constituir impedimento para la continuidad del alumno o alumna en el establecimiento.
- PROBLEMAS ECONÓMICOS O DE RENDIMIENTO: Durante la vigencia del año escolar o académico, no se podrá cancelar la matrícula, ni suspender o expulsar alumnos por causales que deriven del no pago de obligaciones contraídas por los padres o del rendimiento de los alumnos.
- REPITENCIA: En los establecimientos subvencionados, los alumnos tendrán derecho a repetir curso en un mismo establecimiento a lo menos una vez en básica y una vez en media, sin que por esa causal no se le renueve la matrícula.
- 11. Continuación:
- DISCRIMINACIÓN: Ni el Estado, ni los establecimientos educacionales podrán discriminar arbitrariamente en el trato que deben dar a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
- PROCESO DE ADMISIÓN (SELECCIÓN): Los establecimientos subvencionados no podrán considerar en sus procesos de admisión, entre pre-kinder y 6° básico, el rendimiento escolar pasado o potencial de los postulantes. Tampoco podrán solicitar antecedentes socioeconómicos de la familia de los postulantes.
- PARTICIPACIÓN: Los establecimientos educacionales promoverán la participación de todos los miembros de la comunidad educativa, en especial a través de la formación de centros de alumnos, centros de padres y apoderados, consejos de profesores y consejos escolares.
Para terminar me gustaría dejar una breve comparación hecha por mi para identificar las diferencias entre la LOCE y la LGE:
Comparación LOCE Y LGE:
- La LOCE se centra en el mandato constitucional y en fijar requisitos para la enseñanza básica y media. Consta con disposiciones de ley común que regulan la educación superior. En cambio la LGE es una Ley centrada en los principios y deberes del estado, derechos y obligaciones de los actores y disposiciones tipos, niveles y modalidades de la educación.
- La LOCE fue pensada en el problema de acceso de la educación, en cambio la LGE fue creada para mejorar la calidad de la educación.
- La LOCE carece de democracia en su origen, en cambio la LGE abarca un carácter democrático.
- La LOCE está basada en que los padres son los encargados de educar al contrario de esto, la LGE No se basa solo en la enseñanza, busca enseñar y a la vez potenciar los principios y valores.
- La LOCE no era planteaba en cuanto a la equidad y discriminación, en cambio la LGE tiene como principio de equidad y no acepta la discriminación.
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